Retiraron del orden del día diputados del Congreso del Estado de Veracruz, el dictamen que excluiría el matrimonio igualitario de la Constitución, mismo que se votaría en segundo periodo ordinario.
Ante la evidente falta de la mayoría calificada, de 34 votos a favor, el pleno del Congreso del Estado votó por retirar de la orden de día, el dictamen de la iniciativa que adiciona los párrafos cuarto, quinto, y sexto, al artículo 4 de la Constitución Política Local, con la cual se protege a la familia “natural” y el matrimonio heterosexual. Excluyendo al matrimonio gay.
Fue el diputado panista, José Luis Enríquez Ambell, el que pidió el uso de la voz previo a la discusión del punto, para proponer que se retirara, alegando que al no contar con ese mínimo de votos, no se lograría aprobarla en segunda vuelta y por consiguiente, ya no se podría someter a votación en un próximo periodo de sesiones ordinarias.
Esta propuesta fue aprobada en primera vuelta el pasado 31 de enero, con el rechazo de la Bancada de Morena y la independiente Miriam Judith González Sheridan, misma que derivó de la iniciativa popular presentada por un grupo de veracruzanos agrupados en la asociación católica “+ Vida + Familia”, en representación de 12 mil 123 mexicanos nacidos en nuestro estado, que la firmaron.
La decisión de “bajar” el dictamen generó molestia en los integrantes del grupo cristiano presentes en el recinto oficial de sesiones, quienes con pancartas en mano se levantaron de los asientos y empezaron a corear consignas hacia los legisladores.
En contraparte, los colectivos pro defensa de los derechos de la comunidad ddiversidad, enarbolaron la “bandera gay” y exigieron a los parlamentarios respetar el Estado Laico y su separación con la Iglesia, en el que se fundamenta la República Mexicana.
Es de mencionar que reforma establece que la familia es el elemento fundamental de la sociedad y debe ser protegida y apoyada por la sociedad y el Estado, a fin de que su entorno les garantice a todos sus miembros las condiciones necesarias para alcanzar un óptimo desarrollo.
Además, estipula que el matrimonio es una institución de interés público y el fundamento de la familia; como tal debe ser protegido por el Estado. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará por el desarrollo integral de la familia como un elemento indispensable para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de, los programas y políticas públicas del Estado y los Municipios.
Asimismo, precisa que a fin de garantizar el respeto del interés superior de la niñez, todos los niños y niñas tienen el derecho a crecer en su familia, bajo el cuidado y protección de sus padres. En el caso de orfandad de padres de un menor o si fuese privado de manera definitiva de su familia de origen, se deberá asegurar su cuidado y protección por padres adoptivos. El Estado no puede por ninguna causa privar deliberadamente a un niño de este derecho.
El cambio al artículo 10 de la Carta Magna veracruzana, deja por sentado que los padres tienen el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos; incluyendo la correspondiente al desarrollo de las aptitudes intelectuales, morales, la educación sexual, las actitudes y virtudes, atendiendo a los principios establecidos en el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Retiraron del orden del día diputados del Congreso del Estado de Veracruz, el dictamen que excluiria el matrimonio igualitario de la Constitución, mismo que se votaría en segundo periodo ordinario.
Ante la evidente falta de la mayoría calificada, es decir, de 34 votos a favor, el pleno del Congreso del Estado votó por retirar de la orden de día, el dictamen de la iniciativa que adiciona los párrafos cuarto, quinto, y sexto, al artículo 4 de la Constitución Política Local, con la cual se protege a la familia “natural” y el matrimonio heterosexual. Excluyendo al matrimonio gay.
Fue el diputado panista, José Luis Enríquez Ambell, el que pidió el uso de la voz previo a la discusión del punto, para proponer que se retirara, alegando que al no contar con ese mínimo de votos, no se lograría aprobarla en segunda vuelta y por consiguiente, ya no se podría someter a votación en un próximo periodo de sesiones ordinarias.
Esta propuesta fue aprobada en primera vuelta el pasado 31 de enero, con el rechazo de la Bancada de Morena y la independiente Miriam Judith González Sheridan, misma que derivó de la iniciativa popular presentada por un grupo de veracruzanos agrupados en la asociación católica “+ Vida + Familia”, en representación de 12 mil 123 mexicanos nacidos en nuestro estado, que la firmaron.
La decisión de “bajar” el dictamen generó molestia en los integrantes del grupo cristiano presentes en el recinto oficial de sesiones, quienes con pancartas en mano se levantaron de los asientos y empezaron a corear consignas hacia los legisladores.
En contraparte, los colectivos pro defensa de los derechos de la comunidad sexodiversad, enarbolaron la “bandera gay” y exigieron a los parlamentarios respetar el Estado Laico y su separación con la Iglesia, en el que se fundamenta la República Mexicana.
Es de mencionar que reforma establece que la familia es el elemento fundamental de la sociedad y debe ser protegida y apoyada por la sociedad y el Estado, a fin de que su entorno les garantice a todos sus miembros las condiciones necesarias para alcanzar un óptimo desarrollo.
Además, estipula que el matrimonio es una institución de interés público y el fundamento de la familia; como tal debe ser protegido por el Estado. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará por el desarrollo integral de la familia como un elemento indispensable para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de, los programas y políticas públicas del Estado y los Municipios.
Asimismo, precisa que a fin de garantizar el respeto del interés superior de la niñez, todos los niños y niñas tienen el derecho a crecer en su familia, bajo el cuidado y protección de sus padres.
En el caso de orfandad de padres de un menor o si fuese privado de manera definitiva de su familia de origen, se deberá asegurar su cuidado y protección por padres adoptivos. El Estado no puede por ninguna causa privar deliberadamente a un niño de este derecho.
El cambio al artículo 10 de la Carta Magna veracruzana, deja por sentado que los padres tienen el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos; incluyendo la correspondiente al desarrollo de las aptitudes intelectuales, morales, la educación sexual, las actitudes y virtudes, atendiendo a los principios establecidos en el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.