- El Gobernador Cuitláhuac García confirma el acto ilegal y deben ser removidos del cargo.
Una verdadera joya lo declarado por el aun Gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez, quien confirmó que el Secretario de Gobierno, Eric Patrocinio Cisneros Burgos y el de Seguridad Pública de Veracruz, Hugo Gutiérrez Maldonado no contaban con el certificado de confiabilidad del Sistema Nacional de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, ni tampoco tienen el Registro Nacional… Aseguró que sus funcionarios aún tienen tiempo para gestionar esa certificación y lamentablemente, el Gobernador nuevamente está mintiendo…
Con la liga: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP_270519.pdf, en ella se lee la nueva actualización de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reformada el 27 de mayo del 2019, en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en la cual, se desprenden lineamientos en el Capítulo VI del apartado “De la Certificación” considerado en el Artículo 66, que dicta: “ Los centros de evaluación y control de confianza de las Instituciones de Procuración de Justicia emitirán los certificados correspondientes a quienes acrediten los requisitos de ingreso que establece esta Ley y el ordenamiento legal aplicable a la institución de que se trate. El Certificado tendrá por objeto acreditar que el servidor público es apto para ingresar o permanecer en las Instituciones de Procuración de Justicia y que cuenta con los conocimientos, el perfil, las habilidades y las aptitudes necesarias para el desempeño de su cargo”…
Y algo importante que no debemos perder de vista en este punto”: “Artículo 67.- El Certificado a que se refiere el artículo anterior, para su validez, deberá otorgarse en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la conclusión del proceso de certificación, a efecto de que sea ingresado en el Registro Nacional que para tal efecto se establezca. Dicha certificación y registro tendrán una vigencia de tres años”….
Otro dato importante es en el Artículo 68: “Los servidores públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia deberán someterse a los procesos de evaluación en los términos de la normatividad correspondiente, con seis meses de anticipación a la expiración de la validez de su certificado y registro, a fin de obtener la revalidación de los mismos, en los términos que determinen las autoridades competentes. La revalidación del certificado será requisito indispensable para su permanencia en las Instituciones de Procuración de Justicia y deberá registrarse para los efectos a que se refiere el artículo anterior”.
Con base a lo expuesto, cabe señalar que en Artículo 69, la certificación que otorguen los centros de evaluación y control de confianza deberá contener los requisitos y medidas de seguridad que acuerde el Centro Nacional de Certificación y Acreditación. Los servidores públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia que deseen prestar sus servicios en otra institución, ya sea en la Federación o en las Entidades Federativas, deberán presentar el Certificado que les haya sido expedido previamente. Por tanto, en el Artículo 70, la cancelación del certificado de los Servidores Públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia procederá: I. Al ser separados de su encargo por incumplir con alguno de los requisitos de ingreso o permanencia a que se refiere esta Ley y demás disposiciones aplicables; II. Al ser removidos de su encargo; III. Por no obtener la revalidación de su Certificado…
Si bien con lo aquí expuesto, se contempla que el Secretario de Gobierno, Eric Patrocinio Cisneros Burgos y el Secretario de Seguridad Pública, Hugo Gutiérrez Maldonado, según confirma el propio Gobernador de Veracruz, no cuentan con la certificación de confiabilidad del Sistema Nacional de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, ni tampoco, de la Carrera Policial y de la Profesionalización… Fue este miércoles, cuando se trasladaron a la Ciudad de México, para realizar estos exámenes, mientras estuvieron casi diez meses sin contar con esta certificación, siendo ilegal su permanencia y puede derivar para la remoción. Con liga:http://www.veracruz.gob.mx/seguridad/wpcontent/uploads/sites/18/2018/10/18-Manual-Espec%C3%ADfico-Direcci%C3%B3n-General-del-Centro-de-Evaluaci%C3%B3n-y-Control-de-Confianza-P%C3%A1gina-web-.pdf, se muestra el Manual Específico de Organización de la Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza en Veracruz, que va en la misma sintonía…
Si vamos a “cumplir la ley” para todos, estos dos funcionarios deben explicar el por qué no tienen su certificación, siendo que ésta debe ser gestionada en los primeros 60 días naturales y no en diez meses, infringiendo la ley federal que condiciona a todas las autoridades que están involucradas en la función pública y en el sistema policial de las entidades federativas… Increíble, que el diputado local de MORENA, Magdaleno Rosales haya evidenciado estas anomalías y hasta dar la exclusiva de que estos funcionarios estatales fueron trasladados a la CDMX para que explicaran por qué no tenían la certificación federal….
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