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Xalapa, Ver. 26 de julio de 2018.- Con 42 votos a favor, cero en contra y cero en abstención fue votada este jueves la reforma a la Ley 287 del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz, ante la presencia del pleno, de sindicatos cotizantes, quienes ahora tendrán un representante con voz y voto en el Consejo Administrativo del IPE. La edad mínima jubilatoria es de 53 años, para aquellos que entraron a cotizar desde 1997 y han trabajado 30 años.

No plantea el incremento en la edad jubilatoria, pero sí hay una reducción sobre desde cuándo deben recibir pensión, pues con base en la ley 5, quienes hayan cotizado y trabajado 30 años cumplidos con mínimo 60 años con base en la ley 20, quienes hayan trabajado y cotizado 15 años. La edad mínima para jubilación es 53 años, pero sólo aplica para quienes entraron en 1997 y demuestren haber trabajado y cotizado 30 años.

Al conocer la aprobación los líderes sindicales que habían acudido desde las 10 de la mañana, cuando conocieron que se sacaría de la orden del día la reforma y al final sí se incluyó por presión de ellos mismos, aplaudieron y se levantaron para vitorear, pues desde finales de 2017, ellos han sostenido reuniones con el Congreso del Estado, para realizar este dictamen que este jueves se aprobó por mayoría, sin votos en contra.

Los directores del Consejo Administrativo –según señala en el artículo 79- deberán durar en el cargo 6 años y las asociaciones de jubilados y pensionados 3 años.

En la exposición de motivos se señala que el total de jubilados y pensionados se incrementó a una tasa anual del 5.2 por ciento, en 1993 eran 8 mil 643 pensionados, y en 2017 eran 29 mil 712 pensionistas.

A partir que se publique esta reforma (si es que se publica) en la Gaceta Oficial del Estado, se incluye a un representante del Congreso local, dentro del Consejo de Administración del IPE; en dicho consejo está el Ejecutivo del Estado, el director general del IPE, organizaciones sindicales, integrantes del Comité de Vigilancia, asociaciones sindicales cotizantes.

ORFIS OBLIGADO A REALIZAR AUDITORÍAS ESPECIALES Y ESTUDIO ACTUARIAL DE LAS FINANZAS ACTUALES

Deberán presentar un estudio actuarial en los términos de lo dispuesto por la Ley de Disciplina Financiera de las Instituciones.

Aquellos que iniciaron cotizaciones del primero de enero de 1997 al 25 de noviembre de 2007 tendrán derecho a jubilación y pensión cuando acrediten 30 años o más de servicio y 30 años de cotización y tengan cumplidos mínimos 53 años de edad.

Aquellos que iniciaron sus cotizaciones del 26 de noviembre de noviembre de 2007 al 21 de julio de 2014 obtendrán la pensión o jubilación cuando acrediten 30 años o más de servicio y tengan 60 años cumplidos como mínimo.

Para los trabajadores que entraron con la ley número 20 del IPE, tendrán derecho a pensión por vejez cuando acrediten 15 años o más de servicio, acrediten 15 años de cotización y tengan mínimo 60 años cumplidos.

Se considerarán “trabajadores en transición aquellos que ingresaron al servicio con fecha anterior a la entrada en vigor de la presente ley”.

El artículo 113 de la Ley 287 del IPE también fue reformado y señala que el ORFIS deberá realizar auditorías especiales “necesarias para conocer el estado financiero del instituto y realizar un estudio actuarial en términos de la Ley de Disciplina Financiera para Entidades Públicas y Municipios, para conocer la situación financiera del Régimen que establece esta ley”.

Se ordena en la ley al director en turno del Instituto de Pensiones del Estado, a que actúe bajo el principio de máxima publicidad, en el sentido de poner en la página electrónica del instituto: Los estudios financieros y actuariales, las auditorías internas y externas que se practiquen al instituto, informes anuales del Director General, informes del comité de Vigilancia, el estado del Patrimonio del Instituto.