El PRD en la Cámara de Diputados exigió al INE que imponga medidas cautelares a las conferencias diarias que realiza el presidente Andrés Manuel López Obrador todas las mañanas, tal y como lo ordenó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el pasado 9 de enero

A través de la diputada Verónica Juárez Piña, coordinadora del grupo parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados, está fuerza política exigió que se restrinja el actuar del Ejecutivo federal que, constantemente, desde los micrófonos y cámaras del Estado, opina en contra de la oposición y sus detractores.

Por lo anterior, la coordinadora perredista sostuvo que el Presidente debe ser el primero en respetar el Artículo 34 Constitucional, el cual establece que los servidores públicos “tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.”

Señaló también que el TEPJF debió confirmar la orden dada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, para que el Presidente de la República se abstenga de intervenir en la contienda electoral. En vista de que el TEPJF instó al Consejo General del INE a pronunciarse al respecto.

Juárez Piña, recordó que el TEPJF informó ayer que por mayoría de votos, la Sala Superior obligó al INE a pronunciarse sobre la tutela inhibitoria que la Comisión de Quejas y Denuncias dictó en torno a las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El Tribunal señaló que “tras la denuncia del PRD contra el presidente López Obrador por externar sus preferencias electorales en la conferencia del 23 de diciembre, la Comisión de Quejas del INE dictó una medida cautelar de tipo inhibitoria -sin carácter sancionatorio- a fin de garantizar la equidad en la contienda, y, ante la evidencia preliminar de una posible continuidad de actos que se vinculan con la materia electoral, le ordenó abstenerse de continuar realizando los actos de acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fin de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral”.

En este sentido, la Sala Superior determinó que “el caso debe ser conocido y resuelto por el Consejo General del INE, como órgano máximo de dirección, al tratarse de un asunto con particularidades trascendentales y novedosas, relacionadas con la emisión de medidas inhibitorias las cuales no están expresamente previstas como competencia del Comité de Quejas ni de los órganos desconcentrados del referido instituto. Máxime que el acuerdo impugnado se ubica en un contexto extraordinario y novedoso respecto del mecanismo de comunicación que representan las conferencias matutinas.”

Al respecto, la diputada por Jalisco exhortó al INE “a asumir sus facultades para que el presidente de la República, deje de entrometerse en el proceso electoral, usar los recursos, programas y espacios públicos, entre ellos las mañaneras, para descalificar a la oposición y favorecer a sus partido, Morena”, concluyó.