Xalapa, Ver. 31 de julio de 2018.- La diputada Rocío Pérez presentó un dictamen que se aprobó con 47 votos a favor, sobre la reforma a la Ley 561 de Tránsito para elevar a ley medidas que hasta ahora están solo en el reglamento estatal en la materia, donde fija descuentos del 75 y hasta bajar al 10 por ciento sobre multas, si se pagan desde los primeros cinco días hasta el día 20.

 

La reforma queda así, y deberá homologarse en el reglamento estatal:

 

Artículo 153.-El pago de las multas darán lugar a descuentos sobre el valor total, siempre y cuando se dé dentro de los siguientes plazos: el 75 por ciento dentro de los primeros cinco días; el 50 por ciento dentro de los días sexto al décimo, el 25 por ciento dentro del día undécimo al decimoquinto y el diez por ciento dentro de los días decimosexto al vigésimo. Los plazos se computarán en días hábiles y correrán al día posterior de su imposición, salvo cuando se conduzca en estado de ebriedad, caso en el que no habrá descuento.

 

La diputada local de MORENA Rocío Pérez señaló que existe una clara contradicción entre la Ley Número 561 de Tránsito y Seguridad Vial en su Artículo 153 y el Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial en su Artículo 330, ambos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

 

El primero con última fecha de modificación del 26 de junio del 2017 establece que en los primeros cinco días hábiles posteriores a la infracción se dará “un descuento del cincuenta por ciento en su total” sobre el monto de las infracciones; mientras en el reglamento de tránsito cuya última modificación data del 30 de junio del 2017 establece que en los primeros cinco días hábiles posteriores a la infracción se dará “un descuento del 75 por ciento de su total, y de realizarse entre el sexto y décimo día siguientes a su imposición, dará lugar a un descuento del 50 por ciento de su total”.

 

En el apartado sexto (VI) de la reforma se plantea: Que, si tomamos como válida a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en su artículo 153 sólo se contempla un descuento del 50% de la multa en los primeros cinco días y ningún descuento en los días posteriores; lo que consecuentemente imposibilita el obtener algún descuento a aquellas personas que no puedan pagar la multa por falta de recursos en el periodo dado.